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Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional: Informe sobre las prisiones en Cuba
2004-5-14
Elizardo Sánchez .
PRESIDENTE DE LA COMISION CUBANA DE DERECHOS HUMANOS Y RECONCILIACION NACIONAL

    INFORME DE LACOMISION CUBANA DE DERECHOS HUMANOS Y RECONCILIACION NACIONAL 

 


       La Habana 11 de mayo de 2004


1. A partir de informes de fuentes familiares y de testimonios de prisioneros y ex-prisioneros, nuestra Comisión ha confeccionado sendos mapas que permiten tener una idea de la evolución del sistema carcelario en Cuba durante los últimos cincuenta años.

2. El Gobierno de Cuba posee la información exacta acerca del total de personas actualmente encarceladas en nuestro país y el número de prisiones y otros centros de internamiento existentes pero, lamentablemente, hasta ahora se ha resistido a ofrecer cualquier clase de información oficial verificable sobre tales aspectos tanto a la opinión pública como a las organizaciones humanitarias.

3. A falta de esa información, nos vemos obligados a ofrecer esta visión no gubernamental que, dado el carácter cerrado de la forma totalitaria de estado existente en Cuba, no puede tener la exactitud absoluta que pudiera atribuirse a las informaciones oficiales verificables y abiertas al escrutinio nacional e internacional.

4. No ocultamos nuestra esperanza de que el Gobierno de Cuba comprenda que es necesario transparentar, de manera urgente, todo lo relacionado con el sistema carcelario y la población penal y aceptar la cooperación a ese respecto de la Cruz Roja Internacional, de organismos especializados de la ONU y de otras organizaciones humanitarias.

5. Resulta preocupante que el desproporcionado sistema de prisiones y otros centros de internamiento penal en Cuba es el único en todo el Hemisferio Occidental que se mantiene al margen de cualquier forma independiente de escrutinio nacional o internacional, incluyendo los medios de prensa, las iglesias y otras instituciones y entidades no gubernamentales.

6. El Gobierno de Cuba está en plena capacidad de ofrecer una información oficial verificable que permitiría desechar este reporte no gubernamental que, por demás, no tiene un 100% de exactitud pero que pudiera presentar márgenes aceptables de error de (+-) 20 en cuanto al total de prisiones y otros centros de internamiento (que exceden el número de 200 en la actualidad) y de (+-) 10000 en cuanto en 1958 existía solamente al total de personas encarceladas en Cuba en este momento, cuya cota superior estimamos que es del orden de los 100 000 reclusos. En cualquier caso, inferimos que la cifra real estimada correspondiente al total de encarcelados estaría, por lo menos, entre el 0,7% y el 0,9% de la población total del país, que es de unos once millones de personas en números redondos.

PERIODO REPUBLICANO (1902-1958)

7. Durante todo el período republicano Cuba tenía uno de los índices comparativamente más bajos de criminalidad y población penal en toda América Latina.
En 1958 existían catorce prisiones y cárceles, de las cuales solamente una podía calificarse de alta seguridad y máximo rigor: el Presidio Modelo de Isla de Pinos. (ver mapa y anexo 1)

8. Según informes aportados por Jesús Yánez Pelletier, quien fuera teniente del ejército y supervisor militar de la Prisión de Boniato, a principios de 1956 la población penal de Cuba no llegaba a los 4000 reclusos, es decir, alrededor del 0,06% del total de habitantes. Resulta obvio que todos los cubanos encarcelados en esa fecha podían ser alojados holgadamente en la prisión habanera Combinado del Este.

ESTRUCTURA COMPARATIVA DEL SISTEMA CARCELARIO.

9. Como puede apreciarse en los mapas, en 1958 existía como hemos seña1ado, só1amente una prisión de alta seguridad y mayor rigor y otras trece cárceles de menor rigor en las que reinaba el más amplio acceso para familiares, ahogados, religiosos, periodistas, amigos y representantes de las más diversas instituciones de la sociedad civil. Al momento de presentar este informe podemos decir que hemos registrado por 10 menos 45 prisiones de alta seguridad y mayor rigor.

10. En 1958 existía solamente una prisión de mujeres para todo el país radicada en Guanajay, que a principios de 1956, según datos de Yánez Pelletier, alojaba entre 150 y 300 reclusas. En la actualidad existen por lo menos una decena de prisiones y centros de internamiento para mujeres, sin contar otra decena de centros análogos para jóvenes mujeres acusadas de prostitución pero internadas bajo los términos del Título XI del Código Penal que define "El estado peligroso y las medidas de seguridad", comúnmente llamado "peligrosidad".

11. Centenares y centenares de jóvenes mujeres encarceladas bajo dicho título son completamente inocentes, toda vez que no han cometido delito alguno sino que los órganos represivos les atribuye "una especial proclividad (...) para cometer delitos, (...) en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista" (Cfr. Código Penal, Ley No. 62, Título XI)

12. Ante esta manifiesta arbitrariedad, cabe esperar que las autoridades cubanas pongan en libertad inmediata a todos los ciudadanos internados bajo dicho titulo, incluyendo a centenares de hombres que están en las prisiones bajo las mismas medidas "pre-delictivas".

13. Estimamos que hay entre 2000 y 3000 mujeres encarceladas, lo cual pudiera colocar al Gobierno de Cuba en uno de los primeros lugares mundiales, en cifras relativas, por la cantidad de reclusas.

14. En 1958, y todavía en los primeros dos años del actual gobierno, existía solamente un reformatorio para menores de 18 años. Al presente hay entre ocho y diez unidades de internamiento para menores de 16 años. Aquí hay que aclarar que desde hace más de dos décadas se estableció la responsabilidad penal al arribar a esta última edad.

15. A partir de las referencias que hemos reunido durante los últimos años podemos inferir que el Gobierno de Cuba debe ocupar, también, uno de los primeros lugares mundiales, o tal vez el primero, por la cantidad de niños y adolescentes en edad escolar internados en centros correccionales por cada cien mil habitantes. Sobre este tema también es imposible presentar cifras o índices exactos debido a que, como expusimos anteriormente, el Gobierno de Cuba no facilita ninguna información estadística en materia penitenciaria, incluyendo los centros correccionales para menores de 16 años.

 


LAS PRISIONES DE ALTA SEGURIDAD O MAYOR RIGOR Y OTROS CENTROS

 

16. Las prisiones de alta seguridad o mayor rigor constituyen la columna vertebral del sistema penitenciario cubano y son las componentes que le caracterizan debido a su relativa estabilidad toda vez que los correccionales, asentamientos y otros centros análogos de internamiento están sujetos a cambios constantes ya sea por cierres, fusiones o aperturas de nuevos alojamientos o facilidades para que los reclusos trabajen en actividades agropecuarias, de la construcción u otras faenas.

17. Estas prisiones de alta seguridad se diferencian de los centros correccionales, campamentos o asentamientos por el hecho de que su diseño es mucho más cerrado y están dotadas de celdas y/o galeras enrejadas y de alambradas perimetrales simples o dobles con torres o postas de vigilancia. En estas prisiones de alta seguridad las guarniciones militares están dotadas de fusiles-ametralladores y otras armas y los guardianes tienen orden de "tirar a matar" en caso de cualquier intento de evasión.

18. Los correccionales, campamentos o asentamientos, aparte de ser la componente más desconcertante del sistema carcelario debido a su propia dinámica, disponen, por lo general, de guarniciones medianas o pequeñas cuyos integrantes utilizan armas cortas, salvo algunas excepciones, y a veces hay solamente un militar o varios a cargo de la custodia de los reclusos.

19. Las prisiones de mayor seguridad pueden tener centenares o miles de reclusos mientras que los centros correccionales, campamentos o asentamientos pueden tener desde menos de veinte hasta centenares de internos.

20. Existe un número indeterminado, que puede ser del orden de las veintenas, de enfermos de VIH-SIDA que cometieron presuntos o reales delitos comunes después de estar infectados o que se auto inocularon el virus o que lo contrajeron estando en prisión quienes se encuentran en áreas de aislamiento en varias prisiones de alta seguridad. Aparte del Sanatorio Central para enfermos de VIH-SIDA de Los Cocos, en las afueras de La Habana, existen otras instalaciones análogas en varias regiones del país pero ninguna de ellas tiene carácter penal.

21. Como parte de la gran variedad de modalidades de internamiento penal o policial que caracterizan al sistema cubano, no podemos dejar de mencionar la existencia de al menos catorce centros de detención prolongada del tipo Villa Marista (cuartel capitalino de la policía política secreta) que están subordinados a la Dirección de Instrucción Penal del Ministerio del Interior. (ver Anexo III)

PRESOS DE CONCIENCIA

22. El total de prisioneros por motivos políticos identificados sigue siendo del orden de los tres centenares. Entre ellos hay más de cien presos de conciencia, conocidos también como presos de opinión, de los cuales Amnistía Internacional ha adoptado a ochenta y ocho hasta este momento. Esta cifra mantiene a Cuba en el primer lugar mundial por la cantidad de prisioneros de opinión. El Gobierno de Cuba debe excarcelar de inmediato a los presos de conciencia y demás presos políticos antes de que la salud física y mental de todos ellos se deteriore aún más. El hecho de confinarles a centenares de kilómetros (a veces mil Kms) de sus hogares consideramos que es una expresión de crueldad deliberada desde el poder absoluto del Estado de la cual son víctimas centenares de familiares completamente inocentes que deben experimentar verdaderas odiseas para visitar a sus seres queridos debido a que el transporte público interprovincial está virtualmente colapsado.

 

CONDICIONES CARCELARIAS y REGLAS MINIMAS DE LA ONU.

23. Pudieran escribirse centenares de páginas con referencia a las condiciones de internamiento carcelario en Cuba. Pero en pocas palabras, puede decirse que la mayoría de los reclusos languidecen bajo circunstancias infrahumanas debido a las pésimas condiciones higiénico-sanitarias, no tienen acceso a agua verdaderamente potable, la alimentación es insuficiente y se ofrece sin la higiene apropiada, la atención médica y estomatológica es muy pobre e inquietante la carencia de medicinas, los prisioneros están expuestos a toda clase de plagas de insectos y ratas, no reciben ropas de cama, toallas, medios de limpieza ni productos desinfectantes, muchas veces sufren de hacinamiento y generalmente duermen sobre colchonetas rústicas que son rellenadas con desperdicios.

24. Altos dignatarios civiles y militares del Gobierno de Cuba han proclamado que éste respeta todas las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento a Reclusos. Los activistas de derechos civiles decimos que tales Reglas no son respetadas a cabalidad, sin olvidar que las mismas fueron establecidas hace alrededor de medio siglo y luego se han adoptado otras normativas en materia penal.

La única manera de saber de qué lado está la verdad es que el Gobierno de Cuba permita el acceso a nuestro país de la Cruz Roja Internacional, de expertos de la ONU y de otras organizaciones internacionales especializadas para que visiten las prisiones y entrevisten libremente a los prisioneros.

CAUSA ESENCIAL DEL FENOMENO DE LA HIPERTROFIA CARCELARIA

25. Estaría fuera de discusión que el actual Gobierno de Cuba (que lleva más de 45 años ejerciendo el poder) ha emprendido numerosos programas para la construcción de centenares de escuelas, instalaciones de salud y deportivas, miles de viviendas y muchas otras obras de gran importancia para el fomento agrícola, industrial, social e infraestructural de la república, pero también está fuera de discusión que, durante décadas, ha erigido y operado un desproporcionado sistema carcelario.

26. El Gobierno de Cuba ha alegado durante décadas que este hecho y otras dificultades que sufre la población cubana tienen que ver con la hostilidad manifiesta del Gobierno de los Estados Unidos y las dificultades sociales derivadas de la política de sanciones económicas unilaterales de Washington embargo-bloqueo), un factor que no puede ignorarse a la hora de hacer un análisis objetivo del fenómeno penitenciario o de diversas dimensiones de la realidad cubana durante las últimas cuatro décadas.

 

27. Más allá de la anterior valoración, nuestra Comisión considera que el tamaño desproporcionado del sistema carcelario en Cuba, así como las conocidas transgresiones de los derechos civiles, políticos y económicos de la mayoría de los ciudadanos cubanos no se debe a una presunta insensibilidad o intencionalidad negativa por parte del gobierno sino a la naturaleza intrínsecamente represiva, carcelaria y violatoria de los derechos civiles, políticos y económicos del ciudadano que caracteriza a los modelos totalitarios de tipo neo-estalinista (la historia reciente de ciertos países de Europa Central y Oriental así lo confirma). Es por ello que, mientras el gobierno continúe posponiendo o rechazando la necesidad de emprender o propiciar transformaciones o reformas modernizadoras, aún con la gradualidad que permitan las circunstancias, especialmente en el sistema de leyes, seguirá necesitando una inquietante e hipertrofiada maquinaria represiva cuyos principales engranajes o molinos en serie, que sugieren la idea de un tandem de moler caña de azúcar, están representados por los cuerpos policiales, las fiscalías, los tribunales y las prisiones, maquinaria que tiene que ver con buena parte de las violaciones de derechos civiles y políticos.
Como un ejemplo, entre muchos mencionables, y a propósito de esta valoración, consideramos que seria muy beneficioso para la República que se adoptase una Ley del Sistema Penitenciario inspirada en los principios y normas internacionales para esta esfera.

28. El Gobierno de Cuba ha estado insistiendo en años recientes, y al más alto nivel, en el hecho completamente cierto de que las prisiones son "escuelas de delincuencia". Esta aseveración permite apreciar que existe una conciencia en el alto liderazgo gubernamental acerca de las consecuencias extremadamente negativas para la sociedad que se derivan de la existencia de una población carcelaria tan desproporcionada.

 








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